Código de ética deportiva

El deporte es una actividad sociocultural que permite el enriquecimiento del individuo en el seno de la sociedad y que potencia la amistad entre los pueblos, el inter­cambio entre las naciones y las regiones y, en suma, el conocimiento y la relación entre las personas.

El deporte contribuye a mejorar la relación, el conoci­miento y la expresión personales. Es un factor de inte­gración social, fuente de disfrute, salud y bienestar. La realización de estos valores permite la participación en la sociedad desde unas pautas distintas de las que a menudo constituyen las actitudes sociales más con­vencionales.

Estas pautas de participación y relación social deben contribuir al desarrollo de determinadas sensibilidades como la del respeto a las distintas nacionalidades y razas, al medio ambiente y a la calidad de vida como fac­tores de convivencia social.

La preservación de estos valores hace necesario que el deporte recupere algunos de sus elementos tradiciona­les y que, por tanto, el respeto a las reglas del juego, la lealtad, la ética y la deportividad sean elementos de vertebración de los participantes en el mismo.

Para fomentar, impulsar y contribuir a la realización de estos fines y valores, el Consejo Superior de Deportes ha elaborado el presente Código Ético, inspirado en el Código de Ética del Consejo de Europa, a fin de conse­guir que mediante su suscripción voluntaria y pública se establezcan nuevas pautas de conducta y compor­tamiento de los estamentos participantes en el mundo del deporte, ya sean entidades, clubes, asociaciones, deportistas, técnicos y dirigentes deportivos.

El Código parte de la consideración de que el compor­tamiento ético es esencial tanto en la actividad como en la gestión deportiva. Dicho comportamiento permite encauzar la rivalidad y la controversia deportiva desde unas pautas diferentes y socialmente aceptables que puedan producir ejemplaridad frente a otras formas de relación social.

El Código quiere ser un sólido marco ético para luchar contra algunas presiones e influencias de la sociedad moderna, que implican una amenaza para los princi­pios tradicionales del deporte, inspirados en la nobleza y la deportividad.

Por todo lo anterior y por la nobleza de sus objetivos, confiamos que el Código de Etica Deportiva encuentre la colaboración de los medios de comunicación social, cuyo apoyo es decisivo para trasladar a la sociedad la importancia del concepto de deportividad, de respeto al adversario y de ejemplo para los jóvenes.

Por último, con este Código Ético, el C.S.D. quiere su­marse a las iniciativas que otros países miembros de la Unión Europea han adoptado como consecuencia de que en 1997 haya sido declarado Año contra el Racismo y la Xenofobia.

Objetivos del código

El Código trata de establecer un marco de referencia en el que desarrollar el derecho al deporte que recoge el artículo 43 de la Constitución así como la responsabili­dad de las instituciones en la promoción deportiva, más allá de las normas disciplinarias.

El Código pretende esencialmente promocionar la de­portividad entre los adolescentes, ya que ellos serán los deportistas de élite del mañana. El Código se dirige tam­bién a los dirigentes deportivos y a las instituciones de­portivas que ejercen una influencia directa e indirecta en el compromiso y la participación en el deporte, de los ciudadanos en general y de los jóvenes en particular, y a quienes compete la responsabilidad de promocionar y garantizar el respeto al buen orden y la deportividad.

Definicion de deportividad

La deportividad es fundamentalmente el respeto a las reglas del juego. Pero también incluye conceptos tan nobles como amistad, respeto al adversario y espíritu deportivo. Deportividad es, además de un comporta­miento, un modo de pensar y una actitud vital favorable a la lucha contra la trampa y el engaño.

La deportividad es una concepción del deporte que trasciende del puro cumplimiento de las reglas deporti­vas para situarse en un entorno de respeto, caballerosi­dad y consideración del adversario, superando posicio­nes ordenancistas en favor de una serie de comporta­mientos que tengan el sello propio de quienes aceptan el compromiso de ser deportivos.

Por este motivo el compromiso que se adquiere con la aceptación del Código impone una actuación decidida contra la trampa, la manipulación y la adulteración de cualquier índole, de los resultados, y las actuaciones deportivas. Especialmente este compromiso alcanza a la lucha contra el dopaje, la violencia física y verbal, la segregación por razones de raza, origen o pensamien­to y la corrupción que pueda ser debida a los fuertes in­tereses comerciales que rodean el mundo del deporte en nuestros días.

Responsabilidad por la deportividad

La deportividad es ante todo un principio positivo. La sociedad se enriquece con la práctica deportiva y con lo que la misma supone de fomento de los valores de la personalidad más elevados a la vez que con el inter­cambio personal y social que el mismo supone. El de­porte ayuda a conocerse mejor, a expresarse y a desa­rrollarse en un entorno social en el que se valore la sa­lud y el bienestar.

El Código reconoce que todas las entidades deportivas o personas que, de forma directa o indirecta, estén re­lacionados con la actividad deportiva, deben conceder una prioridad absoluta a la deportividad. La sociedad sólo puede beneficiarse de las ventajas morales y cul­turales del deporte si la deportividad y la ejemplaridad son la preocupación principal de los dirigentes deporti­vos y de cuantas entidades y asociaciones tengan relación con el deporte.

La responsabilidad de esta ejemplaridad afecta a:

Las administraciones deportivas.

Por su especial significación pública, los responsa­bles del deporte a nivel gubernamental, autonómi­co y municipal, son los primeros que vienen obliga­dos a dar ejemplo de deportividad, midiendo al má­ximo la repercusión de sus declaraciones públicas y velando por el interés general en sus actos de trascendencia deportivos.

Especialmente deben velar por la conexión entre deporte, educación y cultura y por la forma de subsumir y adaptar ésta a las condiciones esencia­les de la práctica deportiva.

Las organizaciones vinculadas con el deporte.

Las federaciones deportivas, las asociaciones, los clubes, las agrupaciones y todo ente de carácter y promoción deportiva deberán asumir su responsa­bilidad para que su gestión, administración e infor­mación, se ajuste a los criterios de deportividad, de respeto a las normas y reglas deportivas, a los ri­vales y a los deportistas y procurarán que su ac­tuación pública haga gala de esos valores.

También asumirán su responsabilidad las empre­sas y sociedades que participan en actividades co­merciales, de marketing y de patrocinio de artículos deportivos.

Las personas.

Las personas y específicamente, deportistas, pa­dres, educadores, técnicos, árbitros, directivos, administradores y médicos, así como los deportis­tas de alta competición que sirven de modelo de­berán guardar un comportamiento de respeto y de compromiso con la deportividad. El Código Ético debe aplicarse a todas las personas con indepen­dencia de que participen como voluntarios o en calidad de profesionales. También quienes asistan a una competición deportiva, en su condición de espectadores, deberán asumir su cuota de responsabilidad de buen comportamiento.

Cada una de estas instituciones y personas tienen que asumir una responsabilidad y desempeñar una función que favorezca un clima de entendimiento ético. Este Código de Ética va destinado a ellas, y solamente será eficaz si todos los actores del mundo del deporte están dispuestos a asumir voluntariamente las siguientes res­ponsabilidades:

Las administraciones deportivas

La Administración deportiva deberá asumir la respon­sabilidad de favorecer la adopción de criterios éticos, rigurosos en todos los ámbitos sociales en los que el deporte está presente; alentar y apoyar a las personas y organizaciones a que apliquen principios éticos en las actividades vinculadas con el deporte; alentar a los profesores y técnicos deportivos a que concedan im­portancia primordial a la promoción del deporte y a la deportividad en los programas escolares de formación deportiva; apoyar cuantas iniciativas estén destinadas a promover la deportividad entre los jóvenes, y animar a las instituciones a que concedan prioridad a este ob­jetivo; alentar, en los ámbitos nacional e internacional, la investigación destinada a mejorar la comprensión de los complejos problemas que afectan a la práctica del deporte, las oportunidades de promover la deportivi­dad y a valorar el alcance y consecuencias de los com­portamientos indeseables.

Las organizaciones deportivas vinculadas con el de­porte asumirán voluntariamente las responsabilidades siguientes:

Facilitar directivas claras en las que se definan los comportamientos conformes o contrarios a la ética, y procurar que se implante un sistema de estímulos ajustados en todas las modalidades y niveles de la participación; sensibilizar a la opinión pública den­tro de su esfera de influencia respecto al concepto de la deportividad mediante campañas, recompen­sas, material didáctico y ofertas de formación.

Estas organizaciones deben, asimismo, supervisar estrechamente la marcha de estas actividades y evaluar sus efectos; implantar sistemas que, ade­más del éxito en la competición, recompensen el ejercicio de la deportividad, y el desarrollo perso­nal; prestar apoyo y ayuda a quienes fomenten la buena conducta deportiva, ya sean deportistas, técnicos, dirigentes de clubes, asociaciones o federaciones.

En cuanto a la responsabilidad para con los jóvenes, las organizaciones deportivas deberán velar porque las estructuras participativas prevean las necesida­des especificas de los adolescentes y de los niños en crecimiento, permitiendo su participación en dis­tintos niveles, desde la actividad recreativa hasta la alta competición; apoyar la modificación de los re­glamentos con objeto de poner de relieve no sólo el éxito competitivo, sino también el concepto de de­portividad; procurar que todos los miembros o afilia­dos a su organización que asuman responsabilida­des respecto a los jóvenes y adolescentes atesoren la cualificación necesaria para su orientación, for­mación y educación, infundiéndoles los conceptos de deportividad y respeto al rival.

Por su especial protagonismo público y por el eco que sus actuaciones tienen en los medios de comunica­ción, los deportistas, técnicos y dirigentes deportivos deberán observar en su comportamiento individual, fundamentalmente, las siguientes conductas y respon­sabilidades:

Acreditar un comportamiento ejemplar que sirva de modelo a todos los demás actores del mundo del deporte, en especial a los niños y adolescentes; re­probar las actitudes favorables a la violencia; adop­tar personalmente una actitud contraria a la desleal­tad de terceros y reconvenir aquellos comporta­mientos que acrediten insolidaridad o adulteración de la competición.

Los deportistas, técnicos y dirigentes deportivos respetarán las decisiones de los jueces deportivos, aceptando sus resoluciones y ejerciendo su legiti­mo derecho a los recursos que establezca la legis­lación vigente. Los deportistas y los dirigentes de­portivos deberán velar porque la expresión de su queja se ajuste a normas generalmente aceptadas de corrección, presuponiendo la respetabilidad y la buena fe de sus jueces.

Los deportistas, técnicos y dirigentes deportivos deberán acreditar que la deportividad y el respeto a las normas del juego están por encima de sus in­tereses, y que tanto en la victoria como en la derro­ta, tanto en éxito como en la decepción, su com­portamiento público se ajuste a los principios de respeto al adversario, y de expresión de legitimo orgullo sin menoscabo del rival.

Suscripción del código ético

El Código Ético trata de preservar y fomentar los valores deportivos más esenciales y, entre ellos, los que supo­nen la defensa del honor y la lealtad en el ejercicio de­portivo. La adopción de tales pautas de comportamien­to sólo puede ser fruto del compromiso individual de los agentes deportivos ya que es una distinción que debe significar su actitud ante el deporte.

Por todo lo anterior, el Consejo Superior de Deportes in­vita a las federaciones, clubes, asociaciones, agrupa­ciones, dirigentes, deportistas, técnicos y demás per­sonas o entidades vinculadas con el mundo deportivo o formalizar explícitamente su compromiso con la deportividad mediante la suscripción del presente Código.

Con el fin de lograr que este compromiso sea no sólo una acción aislada sino una exigencia permanente en el ejercicio de la actividad deportiva, el Consejo Superior de Deportes propone la creación del Comité de Ética Deportiva, integrado por personas de reconocido prestigio en el ámbito de la moral, el deporte, la educación, la sociología y la cultura, y cuya función será velar por la tutela y cumplimiento del Código Ético.

Corresponderá al Comité de Ética Deportiva aceptar los compromisos individuales de suscripción del Código Ético del C.S.D., así como valorar los comportamientos, actuaciones o declaraciones públicas que atenten con­tra el mismo y que pudieran suponer, en su caso, la pér­dida de la condición de suscriptor.

El Comité de Ética Deportiva impulsará la divulgación periódica de listados con los suscriptores del Código y, asimismo, el establecimiento de distintivos y acreditaciones que demuestren el compromiso frente a la sociedad de quienes voluntariamente hayan decidido suscribirlo. La publicidad, así entendida, es un elemento esencial del compromiso personal por su ejemplaridad.

El Comité de Ética Deportiva será aprobado por la Comisión Directiva del C.S.D. e informará a la Asamblea Nacional del Deporte. El Comité de Ética Deportiva con­formará, a partir de la edición 1997, el jurado del Premio Nacional del Deporte "Infantas de España", destinado a premiar "la persona o entidad que más se haya des­tacado durante el año por un gesto especialmente relevante de nobleza o juego limpio en la práctica deportiva, o que haya prestado una contribución es­pecial a la erradicación de la violencia en el depor­te".

Solicitud de Suscripcion del código de ética deportiva

D./Dª ________________________________________________________________

con D.N.I. núm __________________________ en nombre propio o en nombre de la

Institución (1) ________________________________________________________

con domicilio en ___________________ calle _______________________________

nº________ Código Postal ______________________

solicita suscribir el Código de Ética De­portiva, comprometiéndose a fomentar los valores humanos, culturales, educa­tivos del deporte y a manifestar pública­mente su respeto hacía el rival, los jue­ces deportivos y las reglas del juego.

(firma)

(1) Táchese lo que no proceda

Esta solicitud deberá ser cumplimentada por el so­licitante y se remitirá al

Consejo Superior de Deportes

calle Martín Fierro, sin

28040 MADRID